La LXV Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobó una reforma constitucional al artículo 103 en la que se establece por primera vez la obligatoriedad de la alternancia de género en la elección de la Presidencia del Poder Judicial del Estado.
Con dicha modificación, en la Constitución Política local, queda estipulado que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Oaxaca será presidido durante cuatro años por la Presidenta o el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado que elija el Pleno; cabe mencionar que este podrá ser reelecto por un período más. En esta elección de la presidencia, recalca, debe respetarse el principio de alternancia de género.
Además con la nueva reforma sería la primera vez que una mujer la que llegué para encabezar este poder autónomo en Oaxaca, esto en la víspera de que concluya el periodo de Eduardo Pinacho al frente del Poder Judicial del estado.
De acuerdo con el dictamen, esta medida es una reparación al «daño histórico ocasionado a los derechos de las mujeres» en el país, ya que “el reconocimiento de sus derechos político-electorales les fueron negados por el legislador mexicano al momento de redactar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, ya que de la redacción y de la interpretación gramatical de dicha ley suprema, la mujer, en aquella época, quedaba excluida de ser ciudadana mexicana y por ende de sus prerrogativas al voto y de ser votada en todas sus modalidades”.
También agrega que con la reforma se ordena ampliar el alcance y la protección de los derechos de las mujeres, en una medida mayor para alcanzar la plena efectividad del derecho.
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