En recientes fechas, los baños públicos han estado bajo los reflectores sociales a causa del uso que mujeres transexuales les brindan, ya que un importante espectro de la población advierte incertidumbres respecto del sanitario que las personas trans deben utilizar para no incurrir en faltas a la moral, violaciones a convencionalismos sociales o simplemente innecesarias descortesías.
Estas habitaciones destinadas al aseo personal, jamás habían sido el centro de tanta reflexión desde que el cantante mexicano Manuel Mijares fue objeto de chismes infundados, que, según él, salieron del baño de mujeres, y que provocaron que su reputación despareciera a causa de las risas que tales rumores causaban en la población femenina, tal y como lo relata en su canción homónima. Sin saber exactamente el contenido de las especulaciones que ocasionaron el escarnio, Manuel expone en la melodía, que su masculinidad se vio mermada a tal grado que tuvo que defenderse de las mentiras en su contra, jurando sentirse en otra dimensión a causa de ello.
La cuestión de si las mujeres trans deben usar los baños de mujeres, es un tema que ha generado debate y discusión en muchos lugares. La respuesta a esta situación puede variar dependiendo de la legislación local, las políticas de las instituciones y la opinión de las personas. Es importante destacar que las opiniones sobre este tema pueden ser diversas y a menudo están influidas por factores culturales, sociales y personales.
De acuerdo con información disponible en redes, algunos argumentan que las mujeres trans deben tener el derecho de usar el baño que coincide con su identidad de género, ya que esto promueve la inclusión y el respeto por su identidad de género. Sostienen que obligar a las mujeres trans a usar baños de hombres puede exponerlas a situaciones incómodas o incluso peligrosas.
Por otro lado, algunas personas coinciden en que solo las personas asignadas como mujeres al nacer deben usar baños de mujeres, y que permitir que las mujeres trans lo hagan puede plantear preocupaciones sobre la privacidad y la seguridad de aquellas y de las menores de edad que también usan estos espacios.
Así, hay que tener en cuenta que las leyes y políticas relacionadas con el tema pueden variar a medida que evoluciona la comprensión de la identidad de género y los derechos de las personas transgénero. En razón de esto, los asuntos relacionados con femineidad, masculinidad, orientación sexual, y su consecuente cúmulo de derechos, seguirán siendo, muy seguramente, objeto de análisis jurídico y de múltiples melodías con todos los aciertos e infundios que ello representa.
POR: ADÁN ALONSO