Tal vez, sean sólo los ingenuos quienes puedan darse por sorprendidos de los resultados de la Elección Judicial.
Dentro de las patologías gubernamentales visibles en varias partes del mundo, una de ellas es la creencia de que las labores públicas son fáciles de ejecutar y resolver, por lo que no son necesarios perfiles especializados ni varios talentos humanos para la gestión pública, si se cuenta con el respaldo popular. A este padecimiento se le podría llamar “Desprecio por la Técnica”.
En una semana estaremos votando por los Jueces, Magistrados y Ministros, debido a la denominada “reforma judicial”, que por primera vez en el país, y en el planeta, el 100% de juzgadores serán elegidos por voto popular. ¿Cuál será el éxito de participación en la elección? ¿Los resultados serán los esperados para el mejoramiento de la función judicial? ¿Es recomendable votar o no votar?
A consideración de este columnista, pese a los defectos de la norma y la elección, aún así, el suscribiente irá a votar. ¿Por qué? Por un acto de congruencia individual con una herramienta usada por mi persona con cotidianidad y la cual vislumbro como de las últimas protecciones de las personas y de la Democracia, ante la arbitrariedad: el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Existe una tendencia y tentación de constitucionalizar las violaciones a los derechos fundamentales, y ante esto puede recurrirse a las normas internacionales que pueden neutralizar este tipo de desplantes políticos, por lo tanto, si revisamos la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, el artículo XXII consagra el deber de votar en las elecciones populares de cada país en el que se sea nacional y se esté capacitado para ello.
En este orden de ideas, como lo expuso la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva 10/89, la Declaración indicada que sostiene el deber de votar, es una norma jurídica propiamente dicha, de forma que en tiempos actuales en los cuales son abiertamente cuestionados el fundamento y la utilidad de los derechos fundamentales, estimo imperativo aprovechar todas las oportunidades existentes, para recodar que un mecanismo para la “Domesticación del Poder” son los derechos humanos de fuente internacional.
Por lo tanto, autónomamente, me someto a estas normas con el único propósito de ejemplificar que ellas ejercen mandatos sobre nosotros, ya que un día que espero no llegue, serán las únicas fuera del alcance de los ejecutores de los poderes públicos nacionales y serán el único sostén los derechos elementales.
A esto hay que agregar, que mi sufragio será también para cumplir con la ley no escrita de la camaradería de ir a apoyar a un par de compañeros universitarios que están postulados, y de paso votar por una candidata al Tribunal de Disciplina Judicial cuyos perfiles profesionales me persuadieron, pero fuera de ello; debo confesar que mis sentimientos por la lista de candidatos, son desconocimiento por una parte, y desánimo en otra.
Ahora bien, ¿con mi voto se valida la reforma o la elección? Sin duda no lo creo pues los vicios de la reforma no se validan, debido a su profundidad. ¿Qué errores se detectan? Citaré algunos ejemplos:
Según los “Resultados anticipados en la elección judicial” formulados por el Observatorio Electoral Judicial, de las 3,202 candidaturas, 201 personas tienen 0% probabilidades de ganar, mientras que existen 133 personas candidatas que, sin actualizarse aún la jornada electoral, tiene 100% de probabilidades de ganar. Esto lo sostiene de realizar un análisis probabilístico al aplicar un modelo bayesiano, a partir de las reglas creadas por el propio INE, lo cual se tradujo en 10,000 simulaciones para cada persona candidata, obteniendo estimaciones probabilísticas representativas. El resultado de las probabilidades de ganar por candidato es visible en https://www.oej.mx/report/informe-especial-inequidad.
A su vez, existe un error de diseño en la geografía electoral, que impacta en los derechos políticos de sufragio activo, es decir, de ir a votar, pues muchas personas irán a votar por sus candidatos que realizaron campaña en su distrito electoral judicial (territorio repartido por el INE), pero que no tendrán incidencia jurisdiccional una vez tomen el cargo, esto significa, que la población votará en múltiples casos, por jueces que no decidirán sus asuntos, con lo que pierde sentido la relación con la democracia directa. Esto es tanto como vivir en la Ciudad de México, pero votar por el Gobernador de Durango, y viceversa.
Por primera vez desde la creación del IFE y del INE, la ciudadanía no contará los votos en la casilla ni tampoco se cancelarán en ellas las boletas no utilizadas, aunado a la falta de representantes de los candidatos en las casillas.
A ello hay que agregar, que muchos candidatos bien intencionados realizaron una campaña en las redes sociales, pero se les olvidó algo: las redes sociales no votan. Con esto quiero decir que a nivel nacional, no existe una equivalencia entre la interacción y aceptación de las candidaturas en las redes sociales y el respaldo de éstas en las urnas. Muchos candidatos no recorrieron la totalidad del territorio en donde serán elegidos, y sus redes sociales no cuentan con las dimensiones para asegurarles la victoria, suponiendo que todos sus seguidores fueran a votar por ellos. ¡Si la gente no se estimula para “darle like” a la publicación, menos irá a votar por ti!
En ese tenor, si consideramos el bajo índice de participación que se espera, en el cual algunos indican que será menor al 10% del padrón de electores, cada voto adquiere un alto valor, y en contraste con las elección ordinarias, la inmensa mayoría de los candidatos no ejecutaron una estrategia electoral, como por ejemplo, identificar cuántas boletas hay por cada casilla del distrito por el cual compiten, extraerle el 10% -participación electoral estimada-, dividirla entre 2, y buscar ese número de votos con nombre y apellido por cada casilla que se instalará, asignándole el seguimiento de los votantes potenciales a alguien de su equipo.
Recuérdese que los candidatos que ganan elecciones, usan un rifle con mira de francotirador para llegar a su objetivo, y los que pierden usan una escopeta que carece de precisión, si se me permite la analogía.
¿Pero cómo materializar ese resultado, si los topes de gasto de campaña por candidato para la Elección Judicial, no alcanzaría ni para pagar el desayuno de un arranque de campaña de un aspirante a la presidencia municipal de una ciudad capital?
En otro contexto, el contenido de la reforma al poder judicial no atiende a los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura, de la Asamblea de la ONU; vulneró precedentes la Corte Interamericana como el Caso Reverón Trujillo contra Venezuela sobre la Inamovilidad de los jueces, y el Caso Camba Campos y Otros contra Ecuador, que prohíbe el Cese masivo de jueces.
Igualmente impacta para el sector de trabajadores de los Poderes Judicial por agredir sus derechos adquiridos y su proyecto de vida. Adicionalmente, el proceso tanto legislativo como de preparación de la elección infringió suspensiones de amparo, entre muchas otras cosas.
Pero sin temor a equivocarme, el mayor riesgo de la operación de la reforma está en lo que se podría denominar “Disminución del estándar de producción de jueces”.
La función judicial no es exactamente la impartición de justicia en el sentido estricto de la expresión, pues los jueces, en esencia no imparten justicia, ya que dicho concepto es materia de una apreciación filosófica y los juzgadores no son filósofos (en lo general y como requisito), más bien, los jueces declaran el “derecho aplicable prestablecido” para la situación sometida por las partes a su consideración, pues después de todo, el Estado ha reclamado el monopolio de la versión final de la causas litigiosas.
Como todos sabemos, en la evaluación de la idoneidad de los los actuales candidatos a juzgadores, fueron aprobados por los comités respectivos -y algunos sin su aprobación como los del Poder Judicial porque mandaron las listas si la aprobación respectiva- con pruebas más sencillas que los filtros establecidos por la carrera judicial y los exámenes de oposición que el Consejo de la Judicatura Federal imponía.
Este escenario invita al Estado mexicano a realizar las correcciones necesarias al sistema, para evitar que el desprecio por la técnica no florezca en el jardín de la Justicia, y si antes de que esto ocurra, algunos nuevos juzgadores agredieren los derechos de la sociedad y del propio Estado, no se olvide que este país decidió escoger a sus jueces jugando a los dados.










