El Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) resolvió dos recursos de apelación relacionados con actuaciones del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), determinando la improcedencia de uno promovido por el PRD Tabasco y dando la razón a Morena en otro asunto.
En el recurso TET-AP-12/2026-II, promovido por el PRD Tabasco, el Tribunal concluyó que existían causales de improcedencia que impedían analizar el fondo del caso. Entre ellas, destacó que la impugnación contra una convocatoria a sesión extraordinaria urgente fue presentada fuera del plazo legal, pese a que el partido fue notificado oportunamente mediante correo electrónico.
Además, el TET determinó que el instituto político carecía de interés jurídico para controvertir una medida cautelar emitida dentro de un Procedimiento Especial Sancionador, ya que esta fue impuesta directamente a un ciudadano y no al partido.
Por otra parte, en el expediente TET-AP-13/2026-II, promovido por Morena, el Tribunal declaró fundado el agravio contra un acuerdo de la Secretaría Ejecutiva del IEPCT relacionado con la expedición de copias certificadas de documentos de un procedimiento sancionador.
El Pleno consideró que la autoridad electoral excedió sus atribuciones al condicionar la entrega de copias a pagos realizados en un establecimiento privado y al imponer requisitos no previstos en la normativa vigente.
Asimismo, determinó que fue indebida la negativa para certificar documentos que formaban parte del expediente, por lo que revocó el acto impugnado y ordenó al IEPCT emitir una nueva resolución debidamente fundada y motivada.
Con estas resoluciones, el Tribunal reafirmó la obligación de las autoridades electorales de actuar dentro de los límites establecidos por la ley y garantizar certeza jurídica en sus procedimientos.
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