Los usuarios de scooters, bicicletas y motonetas eléctricas que alcancen velocidades mayores a 25 kilómetros por hora deberán contar con licencia de conducir, portar casco y registrar su vehículo ante la Secretaría de Movilidad (Semovi), de acuerdo con las reformas aprobadas por la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Congreso de la Ciudad de México (CDMX).
Con seis votos a favor, cero en contra y una abstención, los integrantes de dicha comisión avalaron el dictamen que reforma diversos artículos de la Ley de Movilidad, con el objetivo de regular la llamada “micromovilidad eléctrica” y mejorar la seguridad vial en la ciudad.
El dictamen define como vehículos motorizados a aquellos que superen los 25 kilómetros por hora y pesen más de 35 kilogramos. Estos deberán portar placas, tarjeta de circulación, luces encendidas y cumplir con las normas aplicables a las motocicletas, incluyendo la prohibición de circular por ciclovías, banquetas o carriles exclusivos del transporte público.
Se trata de una de las tres iniciativas de reforma enviadas al Congreso capitalino “a las que se les dará prioridad durante el segundo periodo extraordinario de sesiones”, como publicó Excélsior este jueves.
Cambios en micromovilidad en CDMX
Las modificaciones avaladas en materia de micromovilidad establecen que todos los vehículos eléctricos personales deberán registrarse ante la Semovi, incluso si cuentan con permisos de otras entidades.
También se contempla el uso obligatorio de casco y chaleco reflejante para los conductores de este tipo de vehículos, entre ellos monopatines, scooters y bicicletas eléctricas.
Al presentar el dictamen, el presidente de la comisión, el diputado por Morena, Miguel Ángel Macedo Escartín, destacó que las reformas buscan reconocer legalmente a los vehículos de micromovilidad eléctrica y establecer criterios claros sobre su circulación, seguridad y requisitos para los conductores.
Entre los cambios más relevantes se incluye la modificación del artículo 64, que obligará a los usuarios de estos vehículos —cuando superen cierta velocidad o peso— a contar con una licencia de conducir y cumplir con la normativa específica, dijo.
También se reforma el artículo 2, fracción novena, para priorizar la seguridad de todos los usuarios de la vía pública, “atendiendo la pirámide de movilidad —con énfasis en peatones y ciclistas”.
Macedo Escartín detalló que las reformas responden al crecimiento acelerado del uso de vehículos eléctricos en la ciudad y la falta de regulación que ha generado riesgos viales.
Durante la sesión, la diputada Patricia Urriza, de Movimiento Ciudadano, respaldó la necesidad de regular este tipo de vehículos, pero advirtió que la redacción del dictamen podría generar confusiones jurídicas.
Subrayó que “no se distingue adecuadamente entre vehículos motorizados y no motorizados, y que existen contradicciones en la definición de velocidades máximas para su circulación en ciclovías”.
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